Nueva publicación de la OMC aporta información sobre la esfera de la reglamentación y el control de las exportaciones.
Una nueva publicación presentada en el Foro Público el 15 de septiembre proporciona información sobre la manera en que los Miembros de la OMC se han basado en distintos acuerdos y convenios internacionales que van más allá de las normas de la OMC para establecer reglamentos de exportación destinados a cumplir objetivos relacionados con la protección del medio ambiente, la gestión de los desechos peligrosos, el control de las armas y la lucha contra el comercio ilícito de drogas.
Para garantizar que el comercio internacional de productos sensibles o peligrosos se realice de manera segura es necesario que los miembros de la OMC trabajen juntos para hacer cumplir diferentes tipos de controles, algunos de los cuales deben ser aplicados por los miembros exportadores. Algunas de estas regulaciones y controles de exportación se han desarrollado a lo largo de muchos años de cooperación internacional y están incorporados en un gran número de acuerdos y convenciones internacionales, y muchos miembros de la OMC son parte en ellos.
Como resultado, los miembros de la OMC utilizan una amplia gama de medidas, como prohibiciones, licencias de exportación, regulaciones y otros controles, para ayudar en la gestión de riesgos y regular el comercio de bienes controlados y sensibles para cumplir objetivos ambientales específicos, gestionar desechos y productos químicos peligrosos, combatir las drogas ilícitas y sustancias nocivas, promover la paz internacional y el control de armas.
La nueva publicación de la OMC explora por primera vez cómo funcionan en la práctica estos marcos relacionados con las exportaciones desarrollados fuera de la OMC y cómo se vinculan con el sistema de comercio multilateral.
"El libro pretende servir de guía para los responsables de la formulación de políticas, los funcionarios gubernamentales, el mundo académico y el público interesado en las áreas tratadas", dijo Suja Rishikesh Mavroidis, directora de la División de Acceso a los Mercados de la OMC, en el prólogo de la publicación. “Al fomentar una mejor comprensión de los acuerdos internacionales existentes que regulan las exportaciones y cómo se vinculan con el sistema de comercio multilateral, la OMC puede ayudar a fortalecer la cooperación global, promover la transparencia y tal vez incluso inspirar acuerdos futuros que busquen lograr un equilibrio entre el avance del comercio internacional y proteger a la comunidad global contra riesgos potenciales”, dijo.
Para garantizar la transparencia con respecto a estas medidas, los miembros de la OMC deben notificar cada dos años todas las restricciones cuantitativas (QR) vigentes. Por ejemplo, varios miembros de la OMC han notificado medidas como prohibiciones, restricciones o licencias para el comercio de materiales nucleares, estupefacientes y armas, y varias medidas para proteger el medio ambiente. Los Miembros también tienen la posibilidad de indicar si estas prohibiciones o restricciones se derivan de obligaciones internacionales asumidas fuera del marco de la OMC. En la práctica, varios miembros han notificado medidas introducidas de conformidad con estos acuerdos.
Los principales acuerdos o convenciones no pertenecientes a la OMC citados como motivos para restricciones a la exportación en las restricciones cuantitativas notificadas son la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), con 44 notificaciones; el Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono (32 notificaciones); el Convenio de Rotterdam sobre el Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo aplicable a Ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos objeto de Comercio Internacional (23 notificaciones); y el Convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes, así como el Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación (18 notificaciones cada uno).
En cuanto a los productos afectados por las medidas relacionadas con las exportaciones, la publicación señala que los productos químicos son los más frecuentemente afectados, seguidos de los instrumentos ópticos y de medición, y diferentes tipos de maquinaria y productos farmacéuticos. La disposición sobre “Excepciones generales” prevista en el artículo XX del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio fue la base de la OMC citada con mayor frecuencia para las restricciones cuantitativas relacionadas con las exportaciones (el 73 por ciento del total), y el párrafo b) del artículo XX relativo a las medidas “necesarias”. para proteger la vida o la salud de las personas y de los animales o para preservar los vegetales” citado en el 38 por ciento de las medidas de exportación.
La publicación señala que desde 2020 ha habido una mejora en la calidad de la información proporcionada, con más miembros indicando la duración efectiva de ciertas medidas, así como cómo se administran ciertas restricciones, o proporcionando enlaces web a la base legal nacional.